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TREATY SHOPPING EN EL ARBITRAJE INTERNACIONAL DE INVERSIONES
En el contexto de las inversiones internacionales, podemos observar una controvertida práctica de las empresas consistente en señalar como su domicilio el de otros estados distintos del de su origen, con el propósito de quedar protegidos conforme a los convenios suscritos por dicha nación, sin ser residentes de buena fe. La doctrina ha definido el treaty shopping como la práctica que permite al inversor invocar estratégicamente la nacionalidad de aquel estado de origen, cuya
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INVERSIÓN ESTATAL TRANSFRONTERIZA EN ARBITRAJE DE INVERSIÓN
El auge de la inversión pública transfronteriza y de vehículos controlados por Estados es un fenómeno que ha visto un impresionante crecimiento en los últimos años. En 2023 el Banco Mundial reportó una presencia masiva de empresas con participación estatal en mercados competitivos, particularmente en países en vías de desarrollo[1]. Esto resulta particularmente relevante para Chile, que según el último Informe sobre las Inversiones en el Mundo 2026 de UNCTAD, dio cuenta de su
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DOUBLE DIPPING EN EL ARBITRAJE INTERNACIONAL DE INVERSIONES Y LA DOCTRINA DEL ABUSO DE DERECHO
La promesa del arbitraje internacional de inversión como mecanismo preclusivo y definitivo de resolución de controversias entre inversionistas extranjeros y Estados se vuelve ilusoria cuando una misma disputa se fragmenta en procedimientos paralelos promovidos ante distintos foros. En ese escenario surge el riesgo del double dipping: obtener dos veces indemnización sobre la base de una misma matriz fáctica. No se trata de un riesgo especulativo ni infrecuente. De los 1.190 ca
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LA EJECUCIÓN DE LOS LAUDOS ARBITRALES: EL LÍMITE DE LA AUTONOMÍA Y LA CELERIDAD
El arbitraje suele resultar más ventajoso que el procedimiento ordinario por la libertad de configuración, la confidencialidad, la especialidad y la celeridad que lo caracterizan. De esos elementos, la fuente y la celeridad, marcan la diferencia. Mientras el arbitraje nace del consentimiento de las partes (Aylwin, 2023), el procedimiento ordinario es determinado ex ante por el legislador. La distinción tiene una importancia práctica: la legitimidad de la decisión y su percepc
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LEVANTAMIENTO DEL VELO EN LA EJECUCIÓN DEL LAUDO ARBITRAL: UNA PUERTA ABIERTA
La ejecución del laudo arbitral es, en muchos casos, la última etapa de un arbitraje. En ese contexto, ocurre que, dada la mala situación patrimonial del deudor o su negativa a cumplir el laudo, su cumplimiento exija acudir al levantamiento del velo respecto de personas distintas del deudor, que no suscribieron la cláusula arbitral ni participaron en el arbitraje. La pregunta, en tal contexto, es doble: si puede utilizarse el levantamiento del velo en la ejecución de un laudo
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MEDIDAS CAUTELARES ARBITRALES EXTRANJERAS: LA DEUDA PENDIENTE DE LA LACI
Un vacío actual de nuestra Ley de Arbitraje Comercial Internacional (LACI) se relaciona con la ausencia de normas sobre reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales extranjeras que decretan medidas precautorias. Es sabido que el reconocimiento de los laudos arbitrales extranjeros se ha reconducido a las reglas sobre exequatur contenidas en el Código de Procedimiento Civil, y en dicho contexto la Corte Suprema lo ha denegado cuando la solicitud se refiere a resoluciones
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JURISDICCIÓN E IMPERIO EN EL ÁRBITRO DE EMERGENCIA
El árbitro de emergencia, incorporado al Reglamento Procesal de Arbitraje Nacional del CAM Santiago en septiembre de 2023, intensifica una pregunta clásica: ¿bajo qué autoridad puede ordenar a un conservador inscribir una prohibición o requerir información a un servicio público? La pregunta conecta con la naturaleza jurídica del arbitraje. La doctrina reconoce tres teorías (Aylwin, 2023; Vásquez, 2018): la contractual lo concibe como un acuerdo convencional, donde el árbitro
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SOBRE EL SISTEMA RECURSIVO DE LA RESOLUCIÓN QUE ACOGE UNA MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA Y PRECAUTORIA EN EL ARBITRAJE DE EMERGENCIA: UN ESPACIO DE MEJORA
El arbitraje de emergencia del CAM Santiago nació con una promesa clara: entregar a las partes un mecanismo ágil para obtener medidas prejudiciales en cuestión de días, sin necesidad de acudir a los tribunales ordinarios. La urgencia es, por tanto, el alma del procedimiento. La práctica ha demostrado que el mecanismo funciona. Ha permitido tramitar medidas prejudiciales con una celeridad que los tribunales ordinarios difícilmente pueden igualar. Precisamente por eso, vale la
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LA CONSOLIDACIÓN DEL ARBITRAJE DE EMERGENCIA EN EL CAM SANTIAGO
En septiembre de 2023, el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CAM Santiago) incorporó al Reglamento Procesal de Arbitraje Nacional el arbitraje de emergencia, figura cuyo propósito es permitir la constitución urgente de un tribunal arbitral para resolver medidas prejudiciales, conforme a lo previsto en el artículo 21 bis del Reglamento. A menos de tres años desde su implementación, las estadísticas contenidas en los Reportes Anuales del CAM S
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